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Servicio de energía eléctrica. Pizarro: «El de Jujuy es un gobierno con sensibilidad social»

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El subsidio Provincial Tarifa Eléctrica Covid-19 emana de la Secretaría de Energía del MISPTyV.

El secretario de Energía de la provincia, Mario Pizarro, reivindicó «el sentido de sensibilidad social» que impulsó al Gobierno de Jujuy a ordenar la actualización de la tarifa del servicio de energía eléctrica de acuerdo a la evolución de la paritaria salarial del sector público, decisión reflejada en el Decreto Acuerdo N° 575.

El funcionario explicó que dicho dispositivo establece la actualización del Valor Agregado de Distribución (VAD) al ritmo de los salarios de los trabajadores de la administración pública provincial, lo que representa «un verdadero alivio» para la masa de usuarios.

Estimó oportuno consignar, que el VAD es el costo generado por las tareas de operación, mantenimiento e inversiones que realiza la proveedora en el sistema eléctrico.

Amplió sus conceptos, señalando que «en la órbita provincial se incluye el VAD dentro de la tarifa que se fija de forma trimestral y conforme a la inflación medida por el INDEC» y resaltó que «nuestro gobierno tiene sensibilidad social y, además, trabaja por una democracia con contenido social».

«En consecuencia, si el Gobierno de la Provincia otorga un 10% de aumento salarial en paritarias a un empleado público, esta actualización se reflejará en el VAD», ilustró Pizarro finalmente.

A través del Decreto Acuerdo N° 575, el Poder Ejecutivo de Jujuy cursó orden a la Superintendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones (SUSEPU) de concretar las medidas y acciones para reajustar mecanismos regulatorios y contractuales de manera transitoria, hasta el 31 de agosto del 2024, a fin de que las tarifas por el servicio público de distribución de energía eléctrica (en lo que respecta a la regulación provincial) se reajusten como tope máximo con los salarios del sector público, respetando los costos de abastecimiento de energía sancionados por la Secretaría de Energía de la Nación, de manera de garantizar la prestación continua del servicio en condiciones técnicas y económicas adecuadas para prestadores y usuarios de todas las categorías.

Por el mismo dispositivo, también instruyó a la SUSEPU a, por el término de 90 días a contar a partir del 1 de mayo de 2024, dictar las resoluciones pertinentes para que EJESA proceda a la suspensión de los cortes por falta de pago del servicio de energía eléctrica, así como la promoción del pago en cuotas, para usuarios que se ajusten a criterios objetivos de vulnerabilidad que deberá establecer la SUSEPU.

Asimismo, resolvió mantener la vigencia de la tarifa social, con campañas de promoción, para incorporación de todos los usuarios vulnerables.

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