El Ministerio de Educación recuerda la vigencia de la Resolución 1227-E-22 que establece la cantidad de materias pendientes de aprobación con la cual los estudiantes de Nivel Secundario pueden pasar de curso.
Dicha normativa establece que sólo los estudiantes de primer año pueden pasar al curso inmediato superior debiendo tres materias; de segundo a tercero, y en adelante, solo con dos materias pendientes de aprobación.
Cabe recordar que primero y segundo año integran el Ciclo Básico, mientras que tercero, cuarto y quinto año constituyen el Ciclo Orientado.
La Resolución puntualiza que los estudiantes “que se encuentren en primer año pasen a segundo hasta con 3(tres) espacios curriculares pendientes de acreditación”, y que “es importante tener en cuenta que el acceso al Ciclo Orientado solo es posible con 2 (dos) espacios curriculares sin acreditar”.
Recursado
La Resolución 1227-E-22 especifica que, “cuando el estudiante adeude más de 3 (tres) espacios curriculares en el Ciclo Básico y más de 2 (dos) espacios en el Ciclo Orientado, recursará únicamente los espacios curriculares pendientes de acreditación. El recursado lo realizará en el último curso alcanzado, en donde permanecerá hasta tanto regularice su trayectoria escolar. Es un derecho del estudiante hacerlo en la misma institución a la que asiste. Para ello concurrirá a la escuela en el horario habitual de clases cumpliendo con las disposiciones institucionales. En los espacios curriculares que haya acreditado, los/las estudiantes podrán realizar algunas de las propuestas que se mencionan a continuación, o las que a institución proponga como alternativas”.
Para accceder a la Resolución, ingresar al siguiente link:https://boletinoficial.jujuy.gob.ar/?p=243961