La 1. Sesión Extraordinaria fue presidida por el vicegobernador y presidente de la Cámara de Diputados, Alberto Bernis, y contó con la presencia de 46 legisladores.
Durante la jornada, desarrollada en la Legislatura, se abordó una agenda de proyectos y resoluciones, en el marco de la cual fue sancionado con fuerza de ley el Presupuesto 2026, la reforma del Código Procesal Penal y la modificación de la grilla de educación, entre otras iniciativas.
La sesión dio inicio con el izamiento de las Banderas Nacional y de la Libertad Civil, a cargo de los diputados Cynthia Alvarado y Facundo Figueroa Caballero, respectivamente.
Tras lo cual se dio lectura a las Comunicaciones y Resoluciones de Presidencia, para luego proceder con el Orden del Día.
Tal como lo contempla la Constitución de la Provincia en el Artículo 145 Inciso 2, la Legislatura de Jujuy, en Sesión Extraordinaria, sancionó como Ley N 6490 de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio 2026.
El mismo tiene un monto previsto de 2.663.750.291.667 (dos billones seiscientos sesenta y tres mil setecientos cincuenta millones doscientos noventa y un mil seiscientos sesenta y siete) el total de erogaciones de la Administración central y organismos descentralizados para el ejercicio 2026.
El Presupuesto de la Administración Provincial para el ejercicio 2026 prevé un monto total de $2.663.750.291.667 (dos billones seiscientos sesenta y tres mil setecientos cincuenta millones doscientos noventa y un mil seiscientos sesenta y siete) destinados al total de erogaciones de la Administración Central y de los organismos descentralizados.
Para el próximo ejercicio se contempla la siguiente distribución: $983.911.388.019 para la Administración General; $271.223.435.694 para Seguridad; $370.108.870.693 para Salud; $151.504.745.340 para Bienestar Social; $621.952.852.025 para Cultura y Educación; $352.671.734 para Ciencia y Técnica; $199.293.000.629 para Desarrollo de la Economía; $44.655.724.608 para Deuda Pública; y $20.747.602.925 para Gastos a Clarificar.
Asimismo, el total de las erogaciones previstas para los distintos poderes y organismos del Estado se distribuye de la siguiente manera: $2.293.633.324.432 para el Poder Ejecutivo; $28.642.878.714 para el Poder Legislativo; $133.647.816.543 para el Poder Judicial; y $207.826.271.978 para los organismos descentralizados.
Al respecto, el miembro informante, diputado Guido Luna, señaló que junto con la Ley de Presupuesto también se trató la Cuenta de Inversión, correspondiente a la rendición de los gastos del ejercicio 2024. La combinación de estas dos herramientas permite transparentar las cuentas públicas; la gente tiene que conocer en qué se gastan los recursos del Estado, expresó.
Además, detalló aspectos macroeconómicos de la pauta presupuestaria para 2026, destacando un incremento del 34 % en relación con el presupuesto del presente año.
Luna subrayó que el presente presupuesto expresa la consolidación de los recursos y la correspondiente asignación de los gastos para la planificación gubernamental, como base de la política económica, social y de previsibilidad para cada uno de los actores económicos. En ese marco, sostuvo que permitirá cumplir con los compromisos del Gobierno en cada sector y cartera de trabajo, dentro de un esquema de transparencia de la gestión pública. Asimismo, el legislador resaltó de manera enfática la reactivación de la obra pública.
La Cámara aprobó además la Ley N 6491 de Estímulos Fiscales para el Fortalecimiento de la Economía Provincial. Esta Ley tiene como objetivo regular diversas medidas de carácter impositivo con el objeto de impulsar el desarrollo de la industria manufacturera local; procurar la incorporación al sistema formal de nuevos contribuyentes en el impuesto sobre los ingresos brutos con sistemas de incentivos temporales, así como también brindar beneficios a los contribuyentes que regularicen su situación fiscal y así contribuir en cierta forma a la recaudación provincial, sin dejar de reconocer con beneficios también a los contribuyentes cumplidores. Al respecto el diputado Juan Brajcich resaltó que se regulan distintos caracteres impositivos que viene a formalizar una economía en beneficio de las arcas de la provincia como motor de desarrollo económico y social.
Asimismo el pleno de la Cámara sancionó la Ley N 6492 a la Ley Impositiva para el ejercicio fiscal 2026 mediante la cual se fijan las alícuotas, mínimos y coeficientes para la determinación de la base imponible de los impuestos establecidos en el Código Fiscal de la Provincia Ley N 5791 t.o. Dto. 5945HF22 y modificatorias, como así también, los valores de las tasas retributivas que perciben las dependencias del Estado Provincial por la prestación de servicios.
Al brindar detalles sobre esta Ley, el diputado Juan Brajcich sostuvo que en referencia al Impuesto Inmobiliario se presenta una actualización de los valores fiscales según análisis realizado por la Dirección Provincial de Inmuebles aplicando un coeficiente igual a 74,75 para la planta urbana y de 84 para la planta rural y subrural, lo cual implica un incremento del 15% en las valuaciones fiscales respecto del año 2025, mientras que el impuesto se incrementará en hasta un 14% en línea con el IPC estimado para 2026. Así como también detalló que se contempla aliviar a través de la baja en el impuesto sobre los ingresos brutos a quienes trabajan, producen y generan empleo en Jujuy, en sectores que son considerados como estratégicos para la economía local; como también se dispone la exención en el impuesto de sellos para los contratos de locación de inmuebles destinados a vivienda como en lo que se refiere a garantías personales o avales y la reducción del 50% de la alícuota para los contratos de locación de inmuebles con destine exclusivamente comercial como también en lo referente a garantías personales o avales.
En tanto la Ley N 6493 mediante la cual se propician modificaciones a las disposiciones legales que regulan las normas de orden tributario contenidas en el Código Fiscal Provincial Ley 5791 (T.O. 2022) y sus modificatorias, prevé introducir aquellas modificaciones necesarias para adecuar la realidad de los negocios jurídicos y su tratamiento impositivo otorgando la debida certeza a la relación fisco contribuyente y así continuar con la política implementada tendiente a asegurar la estabilidad y seguridad jurídica de las relaciones tributarias. Fue la explicación del miembro informante, el diputado Juan Brajcich. Y agregó que en relación a las bonificaciones en el pago del impuesto inmobiliario se introducen modificaciones, se incrementa el beneficio por pago anual anticipado estableciendo un 15%, por buen cumplimiento un 10% cualquiera sea la forma de pago que adopte el contribuyente pago anual anticipado o pago mensual , si el pago se efectúa a través de medios digitales un 5% y se incorpora un descuento de hasta el 10% para aquellos contribuyentes que adhieran al débito automático.
También Se incorpora a la enumeración de exenciones objetivas en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, los ingresos percibidos por la prestación de los servicios de proveedores de acceso a internet, siempre y cuando, acrediten la inscripción en la Provincia de Jujuy y en el registro de empresas MiPyMES y desarrollen de manera simultánea y efectiva las actividades de Emisión de señales de televisión por suscripción y Servicios de proveedores de acceso a internet.
En tanto que la Modificación y Actualización de la Grilla de Calificación Docente (Ley N 6298) y que fue sancionada como Ley N 6494, busca fortalecer la profesionalización docente mediante una valoración actualizada de la formación continua, de la jerarquización el título de base y los trayectos de formación específicos, del reconocimiento de las producciones y proyectos con impacto pedagógico comprobable, de la simplificar criterios operativos de valoración, y de garantizar un trato equitativo a todos los docentes, independientemente de su lugar de formación o desempeño, dispone facultar al l Ministerio de Educación a introducir modificaciones o actualizaciones necesarias en las Grillas de Calificación de Antecedentes para Docentes de los Niveles Obligatorios y Modalidades del Sistema Educativo de la Provincia de Jujuy, con la participación de entidades gremiales, Junta Provincial de Calificación Docente y demás actores involucrados.
En este sentido, María Teresa Ferrín señaló que de esta forma se vienen a reformar antiguos criterios vinculados al desempeño institucional de los docentes, y que a través de un arduo trabajo se identificaron fortalezas que permitieron reformular algunos parámetros.
Asimismo, agregó que el proyecto se construyó a partir de la realización de 31 Mesas Técnicas, desarrolladas entre julio de 2024 y noviembre de 2025, garantizando la participación democrática y la construcción de consensos. Este proceso permitió actualizar criterios, categorías, subcategorías, topes de valoración y principios orientadores de la carrera docente.
En cuanto a las reformas solicitadas por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, en primer término se trató la reforma del Código Procesal Penal Ley N. 6259, la cual encuentra su fundamento en la imperiosa necesidad de otorgar mayor celeridad al proceso judicial penal. Así lo informó el diputado Adriano Morone, quien sostuvo que la iniciativa se inscribe en una reforma judicial de alcance estructural, vinculada al sistema acusatorio, y orientada a ordenar los actos procesales. La iniciativa fue sancionada como Ley N. 6495.
Del mismo modo, también a solicitud de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, se sancionó la Ley N. 6496, que establece el Régimen de Custodia, Conservación, Disposición y Subasta de los Bienes y Cosas Objeto de Secuestro en Procesos Penales. La norma prevé un cambio esencial en la transferencia de la competencia funcional sobre la custodia, disposición y subasta de bienes, que pasa casi en su totalidad del Ministerio Público de la Acusación (MPA) al Poder Judicial a través del Juez Penal y la Suprema Corte de Justicia.
De este modo, se le quita al MPA el rol de administrador activo de los bienes, devolviéndole al juez la potestad de disposición y subasta, y asumiendo el Poder Judicial el control de los recursos obtenidos de las subastas. Así lo explicó el diputado informante Adriano Morone, quien agregó que esta modificación configura un equilibrio entre las competencias de los Poderes del Estado.
En relación al Ejercicio Profesional y Régimen de Colegiación de los Arquitectos y Urbanistas de la Provincia de Jujuy es un pedido de readecuación realizado por profesionales de la arquitectura y se hace necesario para enfrentar los nuevos desafíos que propone la profesión expresó la diputada Mariela Ortiz. Se sancionó como Ley N 6497.
En tanto, la Ley N. 6498, de Modificación de la Ley N. 5273 de Creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, tiene por finalidad establecer nuevas herramientas que permitan evitar la vulneración de los derechos de la niñez y de las mujeres en casos de incumplimiento y deudas por cuota alimentaria.
Así lo informó la miembro informante, diputada Gisel Bravo, quien sostuvo que se incorporan controles para impedir el libre acceso de deudores alimentarios a espectáculos públicos, deportivos y a casinos o salas de juego, y que además se modifica el criterio de incumplimiento, estableciendo como causal el no pago de dos cuotas adeudadas, alternadas o consecutivas, dentro de un mismo año.
También se sancionó como Ley N 6499 de Reglamentación de la Ley N 6304 Universidad Provincial para el Trabajo que funcionará como persona jurídica pública estatal y gozará de autonomía académica e institucional y de autarquía económica, financiera y administrativa, en un todo conforme a la legislación universitaria nacional; y que desarrollará una oferta académica articulada que comprenderá: ofertas de extensión universitaria, formación profesional y técnica, carreras de pregrado, grado y programas de pregrado, grado y posgrado. En relación a esto el diputado informante Fabián Tejerina fundamentó que la creación de la Universidad Provincial del Trabajo nació de un diálogo social de todos los sectores de la provincia, y que tiene que estar orientada a la profesionalización de los jóvenes y que puedan insertarse en el mundo del trabajo, y con esta reglamentación determina la organización, los principios, oferta académica, cargos. No venimos a competir con otras casas de estudios, expresó el legislador.
Finalmente fue aprobada como Resolución N 24 la Cuenta de Inversión correspondiente al Ejercicio 2024, remitida por el Poder Ejecutivo Provincial, en concordancia a lo establecido en el Artículo 91 de la Ley N 4958, de Administración Financiera y los Sistemas de Control para la Provincia de Jujuy, y sus modificatorias. Con lo que se dio por finalizada la Sesión Extraordinaria.
Un momento especialmente emotivo se vivió durante la despedida de los diputados que concluyen su mandato, a cargo de los presidentes de los distintos bloques. Los legisladores salientes coincidieron en agradecer a los empleados de la Cámara por el acompañamiento y el apoyo brindado a lo largo de su labor parlamentaria.
En ese marco, el vicegobernador y titular de la Cámara, Alberto Bernis, expresó su reconocimiento a quienes finalizan su función: Es un rol que termina, pero seguramente van a seguir cumpliendo una tarea política desde sus fuerzas y desde su pensamiento, sostuvo, al ponderar además el nivel de los debates desarrollados en el recinto. Asimismo, reiteró su agradecimiento a todos los diputados y diputadas que hoy terminan su mandato; he sentido un gran respeto por parte de todos y mucha colaboración. Cuenten siempre con esta Legislatura, que va a ser de puertas abiertas. Finalmente, les deseó éxitos en su trabajo y militancia por los proyectos e ideas que consideran lo mejor para la provincia.
La manifestación de los sentimientos y las emociones durante la despedida marcó el cierre de la jornada en la Legislatura.


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