Con el objetivo de proteger la salud y el bienestar de la comunidad, la Municipalidad de San Salvador de Jujuy recordó que continúa vigente la Ordenanza N.º 7458/2020, que prohíbe en todo el ejido urbano la venta, comercialización y el uso de pirotecnia sonora o cohetería de tipo explosiva.
La normativa busca resguardar especialmente a personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), adultos mayores, bebés y personas con hipersensibilidad auditiva, así como también proteger a los animales, que se ven seriamente afectados por el impacto del ruido excesivo generado por este tipo de artefactos.
En el marco de las celebraciones de Fin de Año, desde el Municipio se apela a la responsabilidad de comerciantes y vecinos, recordando que el consumo de pirotecnia sonora está expresamente prohibido y que su utilización constituye una infracción a la normativa vigente.
En este contexto, se realizan controles permanentes para garantizar el cumplimiento de la ordenanza, a cargo de personal municipal de la Dirección General de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno. Ante cualquier consulta o denuncia vinculada a la venta de pirotecnia sonora, los vecinos pueden comunicarse a través del WhatsApp de Control Comercial, disponible mediante el código QR oficial o al número 388 505 6424.
Finalmente, el Municipio promueve celebraciones más inclusivas, seguras y respetuosas, destacando que festejar sin estruendos es una forma concreta de construir una ciudad más empática y solidaria.

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