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“Se confirma el intento de desestabilización en Jujuy”, dijo Morales

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Ante el anuncio que el Gobierno nacional presentará una acción declarativa contra la Constitución de Jujuy, el gobernador Gerardo Morales afirmó que “se confirma el intento de desestabilización en la provincia” y subrayó que “lo mejor que puede pasar es que la Corte Suprema analice el nivel de ampliación de derechos que consagra esta Constitución”.

Sesión de la Convención Constituyente en la Legislatura de Jujuy.

A través de su perfil en Twitter, Morales expresó que “este tipo de reformas son las que necesita el país para dejar atrás la industria del piquete y la extorsión que nos viene destruyendo”.

El Gobierno nacional anunció que el Ministerio de Justicia presentará hoy una acción declarativa de la inconstitucionalidad de la Constitución de Jujuy ante la Corte Suprema, por tres disposiciones que “violan gravemente derechos humanos consagrados por nuestra Constitución Nacional y tratados internacionales en los que la Nación es parte, comprometiendo en grado sumo la responsabilidad internacional del Estado Nacional”.

En la presentación se señala que la nueva norma “quebranta la razonabilidad que debe caracterizar a toda norma jurídica” y que se trata de “una cuestión de altísima gravedad institucional”. Además, agrega que “tampoco debe soslayarse la innegable gravedad institucional que la cuestión conlleva, pues está en juego el orden institucional de la república y el sistema democrático, así como los valores que lo sustentan”.

La presentación sostiene que el artículo 67 de la nueva carta magna, al prohibir los cortes de rutas, constituye un abuso e “infringe la Constitución Nacional y pactos internacionales en ella incluidos”.

En esa línea, deduce que «podemos asumir que cuanto mayor sea la afectación a un sector determinado, mayor será el volumen de la protesta y excederá cualquier poder de limitación. Y se contará con una herramienta legal que, claramente, tiende a la criminalización de la protesta”.

La cartera de Justicia cuestiona también el artículo 94 sobre tierras fiscales y el 95 referido al régimen de aguas.

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