La Dirección Provincial de Rentas a través de la Resolución General Nº 1681 reglamentó el “Régimen Especial de Regularización de Deudas Tributarias”, con vigencia a partir del 01 de Octubre y hasta el 31 de diciembre de 2024.
Conforme a lo establecido por el Decreto 1399-HF-24, el Régimen permite regularizar deudas de Ingresos Brutos, Inmobiliario, Sellos y Tasas Retributivas de Servicios, vencidas y/o devengadas, según el impuesto que se trate, hasta el 31 de Julio de 2024, inclusive.
Las condiciones para adherir al Régimen, han sido reglamentadas por la Resolución General Nº 1681/2024 y contempla como principales beneficios la reducción de intereses resarcitorios y punitorios y la condonación y/o reducción de multas.
El pago podrá realizarse de contado o en cuotas. La reducción de intereses está relacionada con la modalidad de pago elegida, siendo la más beneficiosa la de pago de contado con una reducción del 100% de intereses para las adhesiones realizadas hasta el 31 de octubre, mientras que para los planes financiados en cuotas, el porcentaje de reducción de intereses será de acuerdo a la cantidad de cuotas, partiendo de una reducción del 35% si el plan se realiza en hasta 48 cuotas, hasta un máximo del 75% para planes en hasta 6 cuotas.
Se contempla además un apartado especial para deudas de Agentes de Retención, Percepción y/o Recaudación, con un tratamiento particular tanto en la reducción de intereses como en la cantidad de cuotas a financiar.
Para acceder al plan de regularización, el contribuyente debe ingresar a la página web de Dirección Provincial de Rentas (www.rentasjujuy.gob.ar) con su CUIT y clave fiscal, al servicio habilitado, debiendo completar los campos con la información requerida.
Beneficio para Cumplidores
Asimismo para aquellos contribuyentes que no registran deudas y mantienen un cumplimiento regular con el fisco,la norma les concede beneficios extraordinarios en atención a la responsabilidad fiscal demostrada. En este caso, a los contribuyentes de Impuesto Inmobiliario se les otorgará una bonificación extraordinaria del 5% a deducir del impuesto a devengar en el próximo periodo fiscal 2025. En el caso de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, se les otorgará una bonificación del 10% con aplicación en el período Julio 2025 a determinar según condiciones. A los contribuyentes de Ingresos Brutos incluidos en el régimen SUT, se concederá la bonificación de una cuota, del componente impositivo provincial a aplicar en Julio 2025.
Por mayor información sobre este régimen, los interesados pueden comunicarse con nuestro Centro de Atención llamando al 0800 555 5599 de 07:15 a 13:00 hs.; whatsapp 388-3401111, las 24 horas del día; consultar el sitio web www.rentasjujuy.gob.ar o informarse por nuestras cuentas de redes sociales.
Adhesión al régimen
En tal contexto, la Directora Provincial de Rentas, C.P.N Marcela Figueroa expresó que “el poder ejecutivo ha dispuesto este régimen que comprende todas las deudas provinciales con la posibilidad de pagos en una o varias cuotas. Un plan que puedan acceder a través del sitio web con su clave fiscal”.
Con respecto al contribuyente que está al día, la funcionaria indicó que el Gobierno contempló la situación de las personas que cumplen con sus obligaciones, donde se les otorgo descuentos para el periodo 2025.
“Están disponibles ante cualquier duda, los canales de contacto vía web, correo electrónico, call center y también pueden acercarse a las oficinas de la repartición. Estamos ante alguna consulta de los contribuyentes sobre este régimen que tiene una vigencia de tres meses, es decir hasta el 31 de diciembre”, agregó Figueroa.